martes, 15 de marzo de 2011

Patentes

La patente es un derecho negativo, otorgado por el Estado a un inventor o a su causahabiente (titular secundario). Este derecho permite al titular de la patente impedir que terceros hagan uso de la tecnología patentada. El titular de la patente es el único que puede hacer uso de la tecnología que reivindica en la patente o autorizar a terceros a implementarla bajo las condiciones que el titular fije. En definitiva, las patentes son sistemas de monopolios otorgados por los Estados por un tiempo limitado que actualmente, según normas del ADPI es de veinte años. Después de la caducidad de la patente cualquier persona puede hacer uso de la tecnología de la patente sin la necesidad del consentimiento del titular de ésta. La invención entra entonces al dominio publico

El término deriva del latín patens, -entis, que originalmente tenía el significado de "estar abierto, o descubierto" (a inspección pública) y de la expresión letras patentes, que eran decretos reales que garantizaban derechos exclusivos a determinados individuos en los negocios. Siguiendo la definición original de la palabra, una de las finalidades de la legislación sobre las patentes es la de inducir al inventor a revelar sus conocimientos para el avance de la sociedad a cambio de la exclusividad durante un periodo limitado de tiempo. Luego una patente garantiza un monopolio de explotación de la idea o de una maquinaria durante un cierto tiempo.
Requisitos para patentes

Para el registro de una patente PCT en el Ecuador se necesitan los siguientes documentos:
1. Copia de la solicitud internacional (que contenga: descripción, reivindicaciones, resumen, dibujos y descripción de los dibujos)
2. Copia de la publicación internacional
3. Copia del reporte de búsqueda
4. Copia del Reporte de Examen Preliminar
5. Poder notarizado y debidamente legalizado en el Consulado del Ecuador en su país o mediante el Convenio de La Haya.
Los documentos deberán estar debidamente traducidos al español y los textos deben ser enviados vía e-mail en formato Word y los dibujos en formato JPG. El limite para presentar la solicitudes tanto en el Capítulo I como en el Capítulo II del PCT es de 31 meses.

En cambio si se trata de una solicitud vía nacional se requiere:
1. descripción, reivindicaciones, resumen, dibujos y descripción de los dibujos.
2.Poder notarizado y debidamente legalizado en el Consulado del Ecuador en su país o mediante el Convenio de La Haya.
3. Copia de la solicitud presentada en el país de origen de la patente.

No hay comentarios:

Publicar un comentario